Chihuahua, Chih.- El abogado Juan Carlos Mendoza Luján, quien representa jurídicamente al ex gobernador César Duarte anunció hoy en conferencia de prensa que interpuso ayer lunes una demanda por daño moral, ante los jueces civiles, en contra del gobernador Javier Corral Jurado.
Lo anterior porque éste último en los cinco años ha violado el principio de presunción de inocencia de su representado, y además lo ha exhibido públicamente como culpable.
A continuación la carta integra que fue leída por el abogado en conocido hotel del centro de esta capital.
«Hoy estamos frente a ustedes para presentarles un hecho que no es común, no es común primero porque las autoridades no suelen hacerlo así en el mundo, y segundo porque en México aunque renegamos enormemente, en la práctica legal poco exigimos de nuestras autoridades.
Durante casi siete años se permitió para el pueblo de Chihuahua y sus instituciones, algo que ha sido muy grave con el objetivo de servir a distintos fines, entre otros: conseguir votos, darle valor al ejercicio de gobierno, consolidar o justificar sus presupuestos etc.
En este contexto el Lic. Duarte me contacta hace un par de años y me pide una opinión en mi calidad de abogado, en lo personal primero y con mi equipo después, identificamos algo… identificamos que el ejercicio de la justicia tenía un sobrado matiz democrático, es decir, que todo mundo tenía ya una sentencia firme sobre su persona, su familia y sus bienes. Inmerso en el estudio del derecho, identifico que en ese juicio tanto “institucional” como colectivo no ha habido la más mínima posibilidad de mostrar su inocencia.
En todo el discurso estatal, particularmente del C. Gobernador, en ninguna parte utiliza la palabra “ se sospecha”, “creemos” “sospechamos” “tenemos indicios”, “advertimos elementos que nos llevan a…” y por lo tanto vamos a investigar, no !!! …Por el contrario, se investiga para acreditar la culpabilidad a como de lugar, nunca para encontrar la verdad histórica, que es la finalidad el derecho penal; porque desde el principio se le considera culpable sin ninguna duda y como tal se expone.
Así, literalmente se expone con todo lo que exponer significa, es decir, poner alguien o algo para que sea visto como tu lo pones al exponerlo, tal como sucedió en la expo corrupción en la casa Chihuahua en la cd de Mexico durante más de 38 días, los espectaculares, las marchas etc…. De tal suerte que a petición de nuestro cliente, nos solicita que como profesionistas encontremos la mejor forma de hacer sus derechos, por ello encontramos de forma clara ( entre otras muchas violaciones al debido proceso ya hechas valer y mostradas a estos mismos medios ) la gran violación a su dignidad, que es la base de todos los demás derechos humanos y encontramos la violaciones al principio de presunción de inocencia que está avalado en todos los tratados internacionales que México ha firmado, que nuestra propia constitución protege, que el CNPP advierte y que ya en resoluciones previas hemos obtenido en los últimos dos meses fallos favorables de jueces federales y del fuero común que identifican violaciones al principio de igualdad de las partes, al derecho de una adecuada defensa, a la presunción de inocencia y a la seguridad jurídica.
Por ello, como profesionistas del derecho, tenemos el derecho y la obligación de buscar la mejor forma de hacer valer los derechos de nuestro cliente. Por ello, al encontrar flagrantemente la gran violación al principio de presunción de inocencia de parte del C. Javier Corral Jurado en lo personal y como representante del Estado libre y soberano de Chihuahua, es por ello que hoy estamos ante ustedes para informar que esta violación ha causado un gran daño en la dignidad de nuestro cliente al haber hecho creer el Sr. Gobernador al gran colectivo de la sociedad chihuahuense que nuestro representado sin duda alguna “un vulgar ladrón”, que ha saqueado ( ni siquiera robado ) las arcas del dinero de los chihuahuenses, que es un corrupto y gran corruptor, haciendo con estas afirmaciones de lado las instituciones encargadas de investigar, e imponiendo sentencias públicas sin un mínimo respeto al debido proceso para ser juzgado como señala nuestra constitución, yendo en contra de sus facultades como gobernador señaladas en el artículo 93 de nuestra Constitución, infiriendo, contrario a lo que señaló anoche en su informe en Cd Juárez, indiscriminadamente respecto de los otros poderes y violando los preceptos que el Código Nacional de Procedimientos Penales, que es el marco jurídico que guía en un proceso penal al poder judicial y a la Fiscalía del Estado, enarbolándose como si él fuera la autoridad investigadora, el juez y la víctima.
Por lo anterior, les informamos que el dia de ayer ante el juez civil por audiencias de este distrito judicial Morelos, ingresamos una demanda por daño moral a fin de acreditar la responsabilidad civil del Sr. Javier Corral Jurado en lo Personal y en su calidad de titular del poder ejecutivo de Chihuahua, hecho por el cual el Estado Libre y Soberano de Chihuahua ha quedado demandado por el ejercicio irresponsable, reiterado y doloso de su representante. En tal demanda entre otra cosas, ponemos a la consideración del juez de lo civil se le encuentre culpable en el ejercicio del derecho de acción que como ciudadano le asiste, se condene a la compensación y reparación material e inmaterial de los daños causados por los demandados lo siguiente:
La cantidad de 3,000,000,000.00 ( tres mil millones de pesos moneda nacional), por concepto de reparación y/o compensación del daño moral y/o material, o bien lo que su Señoría y/o los peritos consideren compensen /o reparen los daños causados
Esta demanda busca una dura condena a una disculpa pública, así como la exigencia de una garantía a la no repetición de dichas manifestaciones innumerables; así como la suspensión inmediata, plena y definitiva de dichas manifestaciones.
La demanda interpuesta por esta defensa, prueba lo que el C. Javier Corral Jurado no pudo probar; pero además, prueba que viola, violó y con su informe de anoche y probablemente el que pronunciará en unas horas, sigue violando cuanto puede en el ejercicio sin escrúpulos de su ejercicio personal y del ejercicio de la Titularidad del poder Ejecutivo la presunción de Inocencia, el debido proceso y con ello los derechos humanos que tanto dice proteger. Imaginen, si no lo hace con un persona que ocupó la mayor responsabilidad en el Estado… ¿creen ustedes que habrá respetado los derechos de los demás chihuahuenses?
El C. Javier Corral Jurado, Viola la Constitución Federal, la Local, el Código Nacional de Procedimientos, cualquier cantidad de Tratados Internacionales etc, tanto en su actuar personal y como titular del poder ejecutivo.
Además de las violaciones al debido proceso acreditadas en nuestros últimas tres acciones que como defensa las autoridades judiciales han fallado a nuestro favor, estas lo exhiben como uno de los principales transgresores del orden jurídico al cuál se comprometió a velar por su cuidado.
La obligación de todas las autoridades de cumplir con la presunción de inocencia, comprende la prohibición de realizar declaraciones públicas que violen este derecho.
Nunca ningún ciudadano podemos olvidar que la inocencia no depende jamás de creeencias, sino de probanzas expuestas y valoradas en un verdadero juicio constitucional, no en los borbotones legaloides de quien así siente el derecho de juzgar.
La justicia no es democrática, sino el fruto de la misma, la justicia emana de un proceso, y el proceso penal es el más cuidado en todos los sistemas jurídicos del mundo moderno y democrático.
Ahora bien, si bien es cierto que cualquier ciudadano puede pensar y creer lo que quiera y entienda, tambien lo es el que no lo puede expresar como una verdad absoluta sin que esto tenga consecuencias, así sea el mismo gobernador de un Estado.
La presunción de inocencia, lejos de ser de carácter teórico representa un derecho indispensable para todos, para ti, para mi, para nuestros hijos, hijas y hermanos. No podemos pensar en que a alguien se le condene sin juicio alguno, que tal si pensamos que a nosotros o los nuestros les puede pasar los mismo…
Es inadmisible en un Estado Constitucional moderno, que la privación de un derecho como la presunción de inocencia por parte de una autoridad, atienda a un principio meramente “discrecional” o selectivo. Es decir, como autoridad o como ciudadano se lo respeto a quien yo quiero y no se lo respeto a quien no quiero.
El derecho al honor es esencialmente un derecho derivado de la dignidad humana, por ello tiene el carácter de derecho humano y derecho de la personalidad,
Por otro lado, como titular del Ejecutivo del Estado de Chihuahua, realizó diversas conductas ilícitas que dieron como resultado la afectación moral de nuestro cliente. Por un lado, porque su actuar no está fundamentado en ninguna de las atribuciones que tiene un gobernador, de tal forma que opera el principio de Derecho consistente en que “lo que no está permitido para las autoridades, está prohibido”. Es decir, los servidores públicos por ser quienes materializan la voluntad del Estado, deben fundamentar en la ley todas sus acciones. En este sentido, tenemos que en el art. 93 de la Constitución Política de Chihuahua, se establecen como atribuciones y obligaciones de quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo del Estado, entre otras, las siguientes:
Fracciones III y V de dicho numeral, “ejecutar y hacer que se cumplan las leyes y decretos”, así como “velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado y por la personal de sus habitantes, protegiéndolos en el uso de sus derechos”. Incluso los del Lic. César Duarte.
Esta defensa pone a consideración de un juez la verdad de los hechos expresados en la presente demanda, lo jueces nos somos nosotros, sino que es el propio Juez quien debe individualizar dicha condena a razón de diversos elementos: a). El tipo de derecho o interés lesionado; b). La magnitud y gravedad del daño; c). Las afectaciones inmateriales o incluso patrimoniales que derivaron del hecho victimizante; d). El nivel económico de la víctima; e). Otros factores relevantes del caso y f). Que el monto indemnizatorio respectivo debe resultar apropiado y proporcional a la gravedad del hecho punible cometido, bajo criterios de razonabilidad
Como ciudadanos de un estado democrático lo más valioso para nosotros debe ser el respeto al estado de derecho, así como la función de las insituciones creadas conforme y para ese estado de derecho; la perversión de las mismas con cualquier fin no está justificada de manera alguna, mucho menos si dicho fin consiste en una venganza a titulo personal, llevada a cabo de forma ilegal mediante un claro y evidente abuso de poder, poder que la ley confiere con fines totalemente distintos.
Los derechos de la personalidad ( honor, reputación, dignididad, paz, libertad etc) son derechos fundamentales de las personas y de los ciudadanos, todos reconocidos en Nuestra Constitución, por lo que la violación a tales derechos es lo que da lugar al Daño Moral, siendo esta, la forma que la ley reconoce para repararlo por medio de una indemnización justa e integral, cabe aclarar que el Estado ha tenido en todo momento el derecho y poder para exigir legalmente como considere siempre y cuando lo sea en franco cumplimiento a las leyes y no ha caprichos ni dichos personales.
Sr. Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, anoche en su informe Usted dijo dos cosas muy particulares: 1.- refirió que se va habiendo hecho cosas buenas de manera correcta, con todo respeto a su persona e investidura, violar el debido proceso de cualquier ciudadano y denostar su honor y su persona casi como un deporte no es una cosa buena, ni hecha de manera correcta. 2.- Refirió también que esperaba lodo sobre su persona, que se seca y solo se cae; esta demanda estimado Sr. Gobernador no es lodo, son hechos que no se caerán, sino que serán juzgados por quienes tienen esa dignísima labor y las consecuencias no se caeran, serán combatidas en los tribunales y no en los micrófonos de una autoridad sin contrapeso.
Que la bondad y la buena fe nos asista a todos para que sea la Justicia y no el odio lo que guíe el presente y futuro de nuestro Estado».
ATTE:
Lic. Juan Carlos Mendoza Luján
Apoderado y representante jurídico del ex gobernador César Duarte
