Síguenos en redes sociales

Hola, ¿Qué estas buscando?

Chihuahua

Detienen al exfiscal César Jáuregui en La Cantera ▶️

Estos son los delitos y sus posibles penas

CHIHUAHUA, Chih.- El exfiscal general del Estado, César Gustavo Jáuregui Moreno, fue detenido la mañana de este sábado 17 de octubre en la ciudad de Chihuahua, en cumplimiento de una orden de aprehensión por su presunta participación en los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición.

La captura fue realizada por elementos estatales y quedó registrada en el Registro Nacional de Detenciones, que señala las 10:20 horas como momento de la aprehensión, sobre la avenida La Cantera, a la altura de la colonia Campestre Washington.

Por su parte, el equipo de comunicación social del exfuncionario, a través de su vocero René Sotelo, difundió un comunicado durante la mañana en el que situó la intervención alrededor de las 10:40 horas y señaló la participación de agentes de la Agencia Estatal de Investigación (AEI) y de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE).

La orden de aprehensión fue emitida el 16 de octubre de 2026, dentro de la causa penal 3055/2026, por el juez de primera instancia en materia penal del Distrito Judicial Morelos, Luis Alberto Simental Ortega.

El documento judicial también contempla la captura de Guillermo Arturo Zuany Portillo, señalado por los presuntos delitos de ejercicio ilegal del servicio público, coalición y falsedad ante autoridades con penalidad agravada.

De acuerdo con el mandamiento, solicitado por el Ministerio Público, ambos fueron señalados por su presunta participación en conductas relacionadas con el servicio público. La resolución dispone que las personas detenidas sean puestas a disposición del órgano jurisdiccional correspondiente.

La detención de Jáuregui ocurre mientras se desarrolla el proceso político interno del Partido Acción Nacional (PAN) rumbo a las elecciones de 2027, en el que el exfiscal ha manifestado públicamente su aspiración a competir por la Presidencia Municipal de Chihuahua.

En ese contexto, el equipo de comunicación del exfuncionario emitió su posicionamiento tras conocerse la captura, en medio de las actividades políticas relacionadas con la definición de candidaturas.

La orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria, por lo que tanto Jáuregui Moreno como Zuany Portillo mantienen su derecho a la presunción de inocencia mientras se desarrolla el procedimiento penal correspondiente.

¿De qué acusan a César Jáuregui? Estos son los delitos y sus posibles penas

CHIHUAHUA, Chih.- La orden de aprehensión girada contra el exfiscal general del Estado, César Gustavo Jáuregui Moreno, contempla dos presuntos delitos relacionados con el desempeño de funciones públicas: ejercicio ilegal del servicio público y coalición, conductas que el Código Penal de Chihuahua sanciona con penas que, dependiendo de la infracción, pueden alcanzar los siete años de prisión.

El mandamiento judicial fue solicitado por el Ministerio Público y también incluye al exfiscal de Operaciones Estratégicas, Guillermo Arturo Zuany Portillo, señalado por esos mismos delitos y por presunta falsedad ante autoridades.

Aunque la orden identifica los artículos y fracciones legales aplicables, no detalla los hechos específicos que habrían dado origen a las acusaciones, información que podría conocerse conforme avance el procedimiento judicial.

¿Qué es el ejercicio ilegal del servicio público?

Este delito está contemplado en el artículo 253 del Código Penal del Estado de Chihuahua y sanciona determinadas conductas cometidas por servidores públicos en relación con el ejercicio de sus funciones.

En el caso de Jáuregui Moreno, la orden de aprehensión hace referencia a las fracciones II y IV de dicho artículo, las cuales describen comportamientos distintos.

La fracción II establece que incurre en este delito quien continúe desempeñando las funciones de un empleo, cargo o comisión después de tener conocimiento de que su nombramiento fue revocado o de que fue suspendido o destituido.

Para esta conducta, la legislación contempla una sanción de uno a tres años de prisión y de 25 a 250 días multa.

Por otra parte, la fracción IV se refiere a los servidores públicos que, directamente o mediante otra persona, sustraigan, destruyan, oculten, alteren, utilicen o inutilicen indebidamente información o documentos a los que tengan acceso por razón de su cargo.

En este supuesto, la pena prevista es de dos a siete años de prisión y de 50 a 500 días multa.

Es importante precisar que la referencia a ambas fracciones en la orden judicial no significa que las conductas hayan sido demostradas, sino que forman parte de los señalamientos que deberán examinarse durante el proceso penal.

¿En qué consiste el delito de coalición?

El segundo delito atribuido al exfiscal se encuentra previsto en el artículo 260 del Código Penal de Chihuahua y está relacionado con acuerdos entre servidores públicos para realizar determinadas acciones contrarias a disposiciones legales.

De acuerdo con este artículo, la coalición puede configurarse cuando funcionarios se organizan con el propósito de impedir o suspender funciones legislativas, administrativas o jurisdiccionales, adoptando medidas contrarias a una ley, reglamento o disposición general, impidiendo su aplicación o ejecución, o renunciando a sus cargos con esa finalidad.

La legislación establece para este delito una pena de dos a siete años de prisión y de 100 a 300 días multa.

Sin embargo, el mismo artículo contempla una excepción: no cometen este delito los servidores públicos que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales o hagan uso del derecho de huelga.

¿Qué sigue en el caso de César Jáuregui?

La orden de aprehensión señala los fundamentos legales de las acusaciones, pero no especifica qué acciones concretas se atribuyen al exfiscal ni cómo habrían ocurrido.

Por ello, será durante el desarrollo del procedimiento penal cuando se conozcan los hechos que el Ministerio Público pretende acreditar y los elementos que presente para sustentar sus señalamientos.

Las penas mencionadas corresponden a las sanciones previstas en la legislación para cada conducta, y no representan una condena ni permiten determinar anticipadamente cuál sería una eventual sanción.

Tanto César Jáuregui Moreno como Guillermo Arturo Zuany Portillo conservan su derecho a la presunción de inocencia, mientras no exista una sentencia que determine su responsabilidad penal.

VIDEO: